Los órganos responsables de la aplicación de la Normativa de Compras y Licitaciones son:
Consejo Directivo de la Escuela Nacional de la Judicatura: Es el órgano de mayor jerarquía dentro de la Escuela Nacional de la Judicatura, con potestad para dictar la normativa para las compras de bienes y contrataciones de obras y servicios, quien delega en su Presidente las aprobaciones que son de su competencia, de acuerdo a esta política.
Dirección de la Escuela Nacional de la Judicatura: Representada por el/la Directora, o en su ausencia el/la Subdirector(a), responsable de coordinar y dirigir las labores administrativas de la Escuela. Es responsable de administrar los recursos destinados a las compras de bienes y contrataciones de obras y servicios necesarios para el desenvolvimiento de la institución.
Comisión de Compras y Licitaciones: Tiene a su cargo organizar, evaluar y decidir sobre las licitaciones restringidas y los expedientes de compras menores de bienes y contrataciones de obras y servicios.
Gestor(a) o Gerente: Es responsable de programar y solicitar requerimientos de contratación de servicios o compra de bienes, para la ejecución de los proyectos que le han sido delegados por la Dirección.
Responsable de Cotizaciones: Es responsable de solicitar y recibir todas las cotizaciones relativas a las solicitudes de compras de bienes y contrataciones de obras y servicios, así como dar seguimiento al proceso de las mismas.
Gestión de Administración y Finanzas de la ENJ (GAF): Es responsable de manejar y controlar los recursos destinados a las compras de bienes, contrataciones de obras y servicios.
Contraloría del Poder Judicial: Órgano responsable de verificar y evaluar las documentaciones administrativas y financieras, el cumplimiento de los controles internos en los procesos de compra, adquisición, contratación de bienes, obras y servicios; así como sugerir las mejores políticas para la transparencia de dichos procesos.